jueves, 6 de agosto de 2015

Registra tu Club de Ajedrez Escolar.



 

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE CLUBES DE AJEDREZ ESCOLAR

v  Convocatoria escrita indicando lugar, hora y fecha de la elección de la junta directiva y consejo de honor.
v  Llenar acta de asamblea donde se elige la junta directiva y el consejo de honor.
v  Anexar fotocopias de cedulas de identidad  y del Rif de los miembros  de la junta directiva y consejo de honor.
v  Anexar cronograma de actividades deportivas a realizar. (Semanal).
v  Anexar cronograma de actividades deportivas anual.
v  Entregar resultados trimestrales a su respectivo instituto o fundación de deporte.
v  Anexar necesidades básicas deportivas.
v  Anexar roster o nómina de atletas.















CONVOCATORIA:

Se les convoca a los miembros integrantes del CLUB ESCOLAR  DE AJEDREZ:________________________________, a una asamblea ordinaria a realizarse el día:_________________ a las:______________ en las instalaciones o sector:_________________________________, cuyo punto a tratar es la elección de la Junta Directiva y Concejo de Honor del Club.




















No:
ACTA CONSTITUTIVA

Reunidos en:_____________ a los _____ días del mes ____________ del año_______                      en la comunidad de:________________________________________________ perteneciente a la parroquia de: _____________________ del Municipio; ____________________                                        estando presente los ciudadanos:___________________________________________________ ______________________________________________________________________________                                         Certificamos que hemos conformado un CLUB DEPORTIVO ESCOLAR que tiene por nombre: ______________________________________________________________ cuyo domicilio será                                                                             ______________________________________________________________________________ Teléfono:_____________________.                                                                                                   
Dicho club tendrá como objetivo promover  el Ajedrez Escolar a través de la realización de jornadas sistemáticas. Su constitución será administrativa, dirigida y supervisada por una Junta Directiva integrada por cinco (5) miembros y a la vez tendrá un consejo de honor con 3 miembros en su estructura , cuyos cargos son ad- honoren, teniendo una duración de cuatro (4) años. Los cargos correspondientes de la junta directiva son: Presidente, vicepresidente, secretario general, tesorero y un vocal, y las correspondientes al consejo de honor son: dos (2) miembros principales y un (01) suplente, cuyas atribuciones están determinadas en los estatutos de nuestra organización y sus reglamentos generales.
Por unanimidad se eligieron las siguientes personas para formar la Junta Directiva:
CARGO
NOMBRES Y APELLIDOS.
C.I.
FIRMA.
Presidente   



Vicepresidente



Secretario General



Tesorero



Vocal




Por unanimidad se escogieron las siguientes personas para formar el Consejo de Honor:
CARGO
NOMBRES Y APELLIDOS.
C.I.
FIRMA.
Principal



Principal



Suplente







ACTA DE ASAMBLEA ELECCIONARIA

Posteriores a la respectiva votación de la Asamblea General, queda aceptada y aprobada por unanimidad dicha elección. Esta junta directiva tendrá una duración hábil en el manejo de sus funciones por cuatro (4) años, a partir de la fecha: _____________________ hasta la fecha:___________________ , quedando facultados los ciudadanos: ______________ ___________________________________y_____________________________________________________________,  para que efectúen los trámites correspondientes ante el respectivo Instituto o Fundación de Deporte. 
Dicho documento fue leído, presentado y aprobado por todos los presentes y en prueba de conformidad con lo expuesto firman las personas:
NOMBRES Y APELLIDOS.
C.I.
FIRMA.


























































































ESTATUTOS DIRIGIDOS
 A LOS CLUBES
DE AJEDREZ ESCOLAR.
ARTÍCULO 1.DEL OBJETO DEL CLUB DE AJEDREZ ESCOLAR: El presente club tiene como objetivo fundamental  la organización y promoción de la disciplina de ajedrez, desarrollando para ello las siguientes actividades:
a)    Práctica, difusión y desarrollo del ajedrez a los efectos de coadyuvar a la formación de atletas de iniciación y desarrollo de los estudiantes aficionados en la institución educativa.
b)    Incorporar estudiantes al ajedrez en las diferentes categorías que pueden desarrollarse en la institución educativa tanto en los géneros masculinos como femeninos.
c)    Fomentar el intercambio y propiciar las relaciones de sus afiliados con las demás organizaciones de ajedrez.
d)    Participar en competencias y actividades planificadas por la Institución, la Liga Las Torres, La Academia Nacional de Ajedrez, entre otras.
e)     Legalizar la afiliación de sus atletas mediante el registro respectivo.
f)     Creas las comisiones que se crean necesarias para la buena marcha y desarrollo del club de ajedrez escolar.
ARTÍCULO 2.DE LA DURACIÓN: La duración del club es por tiempo indefinido y solo podrá disolverse mediante Asamblea General especialmente convocada al efecto y cuyo quórum deberá ser superior  a las tres cuartas partes de los miembros, todo ello, en el entendido de la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Entidad Deportiva, duraran 4 años en sus funciones conforme lo indica el artículo 41 referente al régimen de participación, de la Ley de  Deporte, Actividad Física y Educación Física publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela  Nro. 39.741 de fecha 23 de agosto de 2.011
ARTÍCULO 3. DEL PATRIMONIO: Se considera patrimonio social del club:
a)    El Materia Deportivo b) Las cuotas y demás contribuciones de sus miembros; c) Los aportes provenientes del Instituto o Fundación de Deporte Municipal, así como de cualquier otro ente gubernamental, d) Las donaciones provenientes del sector privado y e) Los ingresos obtenidos como resultado de actividades de autogestión.
ARTÍCULO 4. DE LOS ÓRGANOS  DIRECTOS: Las máximas autoridades del club o Escuelas están
Representadas por los siguientes cuerpos: a) La Asamblea General; b) La Junta Directiva y c) El Consejo de Honor.

ARTÍCULO 5. DE LA  ASAMBLEA GENERAL: La Asamblea General  legítimamente constituida representa la autoridad soberana de la entidad, y sus resoluciones son de obligatorio cumplimiento para todos sus miembros: para hacer parte de ella, los miembros deberán estar activos y haber cumplido con las obligaciones que les imponen los presentes estatutos internos.
En este sentido entre sus principales atribuciones se comprenden:
Elegir miembros de la Junta Directiva, del Consejo de Honor y de la Comisión Electoral. 2) Aprobar los estatutos con el voto favorable de las tres cuartas partes de los miembros; 3) Resolver todos los asuntos que la Junta Directiva someta a su consideración; 4) Elaborar el Reglamento Interno de la Entidad, cuando sea requerido por los miembros o afiliados.
ARTÍCULO 6. DE LA JUNTA DIRECTIVA: Es el órgano ejecutivo y administrativo de la entidad y estará integrado por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un vocal.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los miembros de la Junta Directiva serán designados por la Asamblea General en votación secreta, sus cargos son AD-HONOREM, durante los cuatro (4) años de sus funciones y podrán ser reelectos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Las actividades de la dirección a cargo del presidente y vicepresidente, quienes podrán obligar al club por medio de sus firmas conjuntas, es decir que para comprometer legalmente al club se requiere de la firma de estos dos (2) miembros  de la Junta Directiva. Así mismo, se requerirá de la firma del secretario y del tesorero, cuando la naturaleza de la decisión a adoptar, involucre la competencia de estos miembros.
ARTÍCULO 7.DEL CONSEJO DE HONOR: La Asamblea General en la oportunidad de la elección de la Junta  Directiva, elegirá igualmente el Consejo de Honor  respectivo, el cual estará integrado por tres (3) miembros principales y sus suplentes de reconocida honorabilidad y honestidad: duraran cuatro (4) años en sus funciones.
 PARÁGRAFO PRIMERO: El Consejo de Honor es la autoridad competente par a reconocer y decidir sobre faltas deportivas de los miembros del club, por lo cual, el consejo de honor, es la autoridad habilitada para imponer sanciones disciplinarias a sus afiliados, y en tal sentido su competencia es única, exclusiva u excluyente, en el entendido de la Junta Directiva, carece de competencia para imponer sanciones, de conformidad con la vigente Ley de Deporte, Actividad Física y Educación Física en su artículo 72, numeral 2.No deben estar integradas por menores de 18 años, ni familiares entre sí, ya que la misma será nula igualmente en sus actos.
ARTÍCULO 8: DEL RÉGIMEN ELECTORAL: a) Los procesos electorales deberán anunciarse públicamente con por lo menos 15 días de hábiles, de la fecha fijada para la celebración de la asamblea en la cual se elegirá la Junta Directiva; b) Se designara una comisión electoral integrada por un representante  electo entre los miembros de la asamblea y un representante por cada lista de aspirantes, en todo caso deberán considerarse por números impares d) La Entidad Deportiva podrá sancionar internamente , su propio régimen electoral, el cual deberá instrumentarse por medio del reglamento interno aprobado en la Asamblea General.

ARTÍCULO 9.DE LA AUTORIDAD PROVISIONAL O COMISIÓN REORGANIZADORA: Cuando se produzca una situación de acefalia, que se derive del abandono  o retiro de más del cincuenta (50%),  de los miembros de la Junta Directiva, se designara una comisión reorganizadora en una Asamblea General Extraordinaria convocada a tal efecto, por algunos de los miembros legalmente afiliados.
PARÁGRAFO PRIMERO: La Comisión Reorganizadora estará integrada por tres (3) miembros principales y un suplente, quienes ejercerán funciones durante un lapso que no excederá de noventas (90 días) continuos, contados a partir de la fecha de su designación, y no podrán haber desempeñado cargos administrativos y disciplinarios en los órganos de la administración que se reemplaza, ni podrán integrar listas en el proceso de elección que se convoquen. La entidad jerárquica inmediatamente superior, podrá designar un miembro para que asista en calidad de observador, a la elección de los miembros  de la Comisión Reorganizadora.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La Comisión Reorganizadora tendrá entre sus atribuciones las siguientes: a) Reorganizar y condicionar los destinos del Club de Ajedrez Escolar en el lapso en que le corresponda actuar así como , promover la práctica del deporte confiado a su administración; b ) Convocar a elecciones de la Junta Directiva del Consejo de Honor del Club Deportivo de Ajedrez, en un lapso no mayor de treinta (30) días continuos contados a partir de la fecha de designación; c) Manejar administrativamente el Club de Ajedrez Escolar, conjuntamente con un administrador designado por el Instituto o Fundación Municipal de Deporte, en lo concerniente a los recursos asignados por los organismos; e) Presentar memoria y cuenta de su gestión.
ARTÍCULO 10.DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES: 1) Los presentes estatutos regirán a partir de su aprobación por la asamblea general, no obstante cobraran eficacia una vez verificado el reconocimiento y registro del Instituto o Fundación Municipal de Deporte;2) Como complemento a la aplicación de estos estatutos, la entidad deportiva a través de la Asamblea , podrá establecer  los reglamentos que sean necesarios;3) Lo no previsto en estos estatutos será resuelto conforme al espíritu y propósito de la Ley de Deporte, Actividad Física y Educación Física y su reglamento, los principios legales del derecho y resoluciones que al efecto se dicten.  
ARTÍCULO 11. Para el ejercicio 2.015-2.018, fue electa la siguiente junta directiva.

Presidente   

C.I.:
Vicepresidente

C.I.:
Secretario General

C.I.:
Tesorero

C.I.:
Vocal

C.I.:




ARTÍCULO 11. Finalmente, la asamblea acordó autorizar al ciudadano Presidente del Club de Ajedrez Escolar plenamente identifica para realizar las gestiones necesarias dirigidas al reconocimiento y registro del documento.
Así lo otorgamos y firmamos en esta misma fecha:
(Fdo.)__________________; (Fdo.)__________________;  (Fdo.)__________________;
(Fdo.)__________________; (Fdo.)__________________;  (Fdo.)__________________;
(Fdo.)__________________; (Fdo.)__________________;  (Fdo.)__________________;
(Fdo.)__________________; (Fdo.)__________________;  (Fdo.)__________________;
En ________________ a los ________ días del mes de _______________del año _______.









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